Los principales puntos de la Ley N°21.423 son:
I) Entrega un subsidio estatal a los usuarios con deuda generada entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, cuyo consumo promedio mensual no supere los 15 metros cúbicos durante el año 2021.
II) La aplicación se realizará de manera automática para todos los clientes que cumplen con la condición anterior de la siguiente forma:
a. La deuda acumulada en el periodo indicado anteriormente será prorrateada en 48 cuotas mensuales. El valor de la cuota no superará el 15% del valor de su facturación promedio del 2021 y será subsidiado por el Estado. El cliente solo deberá pagar su consumo del mes en forma oportuna y constante para no perder el beneficio.
b. Si al pagar la boleta número 48 aún existe algún saldo de la deuda acumulada, la ley establece que será asumida íntegramente por ESSAL S.A.
IMPORTANTE:
- Durante la primera quincena de marzo se enviarán cartas al domicilio de cada cliente informando si califican o no para acceder al Beneficio COVID que otorga la Ley N° 21.423.
- Si registras deuda anterior y/o posterior al periodo que va desde el 18 de marzo de 2020 y 31 de diciembre de 2021, debes acercarte a las oficinas de atención de ESSAL para convenir la fórmula y regularizar tu deuda.
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Si tus dudas persisten te recomendamos:
- Completar el formulario que está más abajo para solicitar atención telefónica.
- Llamar al Fono Ayuda 600 401 4000.
- Asistir a la oficina comercial de tu localidad.
HABRÁ OTROS CLIENTES UTILIZANDO LOS SERVICIOS, AGRADECEMOS TU BUENA DISPOSICIÓN EN LA ESPERA.
Si vas a la oficina, recuerda cumplir con todos los protocolos COVID para proteger tu salud y la de los demás.